lunes, 23 de enero de 2017

INTERVENCION POR AUXILIO PRESTADO

INTERVENCIÓN POR AUXILIO PRESTADO

a.      A personas en peligro, enfermas, necesitadas, etc.    
1)    Procurar conjurar (Impedir o evitar con previsión una situación que puede resultar peligrosa) el peligro, ofreciéndoles la protección necesaria.
2)    Atenderlas en las mejores condiciones, solicitando una ambulancia u otro vehículo procurándoles tratamiento en farmacias, consultorios, clínicas, hospitales, etc.
3)    Cooperar para que puedan movilizarse, subir a vehículos, efectuar llamadas telefónicas, etc.
4)    Indagar sobre la situación de personas que se encuentren tendidas en el grass, bancos o pavimento, en calle y parques.
5)    Socorrer a las personas que hayan sufrido ataques (epilépticos, cardiacos, etc.), solicitando la intervención de un médico, o su tratamiento en una clínica u hospital.
6)    Dar cuenta mediante Parte o Acta, informando de su intervención a la Dependencia Policial del sector correspondiente.

a.          A mujeres, ancianos, niños, invidentes y/o con capacidades diferentes, etc.

1)     Atenderlos con solicitud cada vez que sea menester.
2)     Impedir que sea objeto de abuso, burla, agresión, sustracción, explotación, etc.
3)     Ayudarlos a cruzar las pistas, abordar y bajar vehículos, etc.
4)     Orientarlos acerca de las medidas convenientes para su seguridad.

b.          A los Turistas.

1)     Ofrecer siempre un trato atento, amable y cortés.
2)     Orientarlos acerca de los servicios de hoteles, taxis, casas de cambio, restaurantes, espectáculos, etc.
3)     Protegerlos de la acción de elementos inescrupulosos que intenten sorprenderlos, engañarlos o atacarlos.

4)     Proporcionarles información clara, completa y veraz.

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